La prestación por riesgo durante el embarazo

La prestacion por riesgo durante el embarazo

La prestación por riesgo durante el embarazo está diseñado para proteger a las mujeres embarazadas. Aquellas que participan en trabajos que pueden poner en peligro su propia salud o la del feto.

La primera opción es intentar cambiar de trabajo en la empresa, pero si esto no es posible, puede solicitar este beneficio.

Prestación por riesgo durante el embarazo

Esta prestación por riesgo durante el embarazo está regido en el artículo 11 en situaciones en las que las empleadas tengan que cambiar a un trabajo adecuado porque esto afectaría negativamente a su salud o a la propia salud de la persona. Establecido el 8 de marzo Ley núm. 31/1995 sobre prevención de riesgos laborales 26.3.

Esta situación debe ser aprobada por la unidad de gestión (socio) con la que la empresa transfiere el riesgo profesional.

Requisitos para la prestación por riesgo durante el embarazo

El único requisito es darse de alta y afiliarse a uno de los regímenes de seguridad social, y no existe un requisito de período mínimo de cotización. Por supuesto que tienes que probar el riesgo y no puedes cambiar de trabajo.

Importe que recibirás

Con carácter general, el subsidio corresponde al 100% de la base reguladora y corresponde a la prestación por incapacidad temporal por condiciones de trabajo. Del importe de la subvención se deducirán las cotizaciones a la seguridad social, las cotizaciones por desempleo y formación profesional que correspondan, así como las retenciones en el IRPF. Los empleadores sólo tienen que pagar la parte correspondiente de las cotizaciones.

¿Qué debo hacer?

La empleada debe solicitar el dictamen del médico de familia sobre el embarazo y posible fecha de nacimiento.

Con este informe y el comunicado de la empresa sobre sus actividades y condiciones de trabajo, la empleada solicitó un dictamen médico al INSS. O a la mutua sobre los riesgos durante el embarazo. Si la unidad considera que no existe tal riesgo, se niega a emitir un certificado médico.

Si la empleada no puede ser trasladada después de que se haya identificado el riesgo, la empresa le notificará que la empleada está bajo preaviso debido al riesgo de embarazo. Los trabajadores recibirán subsidios mientras sus contratos estén suspendidos.

Solicitud de beneficios

Para recibir el reconocimiento como subsidio, los trabajadores deberán presentar una solicitud ante la unidad administrativa del seguro social o mutuo. La cual deberá responder dentro de los 30 días siguientes a la recepción de la solicitud y la documentación necesaria.

En caso de duda, la unidad puede solicitar un informe a la Autoridad de Medio Ambiente de Trabajo de Noruega, que debe emitirse dentro de los 15 días, luego de lo cual vence el período de 30 días.

Documentos presentados con la solicitud

  • DNI, NIE o TIE, según el caso, para acreditar la identidad del interesado. Originales y copias de los documentos relacionados con la donación.
  • Trabajadores del régimen general: certificado de empresa debidamente cumplimentado.
  • Trabajadores agrícolas: certificado de empresa, contrato de trabajo cumplido y comprobante de pago (TC 1/9) de los últimos tres meses según TC 2/8 en el mes anterior al inicio de la suspensión.
  • Para toreros y profesionales: declaración de actividad (TC 4/6) y certificado de aprovechamiento (TC 4/5), aún no presentado.
  • Trabajador por cuenta propia: comprobante de pago de cuota de los últimos tres meses.
  • Representante de ventas: comprobante de pago de honorarios de los últimos tres meses (TC 1/3).
  • Documentación de riesgos: Informe médico de la Autoridad Sanitaria Danesa.
  • Un certificado médico emitido por el servicio médico en una unidad de gestión reconocida, del cual se desprende que las condiciones de trabajo tienen un impacto negativo en la salud del empleado o del feto. Avisos de Otro Tratamiento.
  • Si trabaja por cuenta propia, proporcione una descripción de su actividad.

Derechos laborales de las mujeres embarazadas

Lo primero que debe hacer es comunicarle a su empresa que está embarazada para que la empresa tome las debidas precauciones a través de sus servicios preventivos. Con el fin de garantizar un embarazo saludable, el Real Decreto nº 6 de marzo 295/2009 y la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en España alivian los riesgos durante el embarazo, obligando a las empresas a tomar las siguientes medidas:

  • Evaluar los riesgos laborales y considerar el embarazo
  • Adapta tu trabajo y toma las precauciones necesarias para que puedas seguir ejerciendo tu labor profesional.
  • Si la empresa no puede adaptarse, la empresa trasladará temporalmente a la mujer embarazada a un puesto de trabajo adecuado a su situación. Esto permanecerá vigente hasta que la condición de la empleada le permita volver a la normalidad.
  • Si no existe un puesto de trabajo adecuado para el estado de embarazo de la empleada, la empresa rescinde el contrato por riesgo durante el embarazo. La suspensión del contrato se mantendrá durante el tiempo que sea necesario para proteger su identidad y mientras subsista la posibilidad de reincorporación a su puesto anterior u otro puesto compatible.

¿Riesgo de embarazo?

Cuando se han evaluado todas las alternativas para proteger la salud de la mujer embarazada y/o del feto, la única opción real es la terminación temporal del contrato de trabajo debido a los riesgos durante el embarazo, y la trabajadora tiene derecho a las prestaciones por los riesgos durante el embarazo. En este caso Incluso el motivo de la incompatibilidad debe basarse en las condiciones de trabajo y no en el embarazo en sí.

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