La excedencia por precaución de hijos es un derecho que facilita, tanto a la madre como al padre de un menor, la oportunidad de suspender su contrato de trabajo para ocuparse al precaución de su hijo. ¿Cuándo puede solicitarse? ¿ Tienes derecho a volver a tu puesto de trabajo una vez finaliza ese tiempo? ¿Durante cuánto tiempo puede disfrutarse? Todas las respuestas.
1. ¿En qué radica la excedencia por precaución de hijos?
La excedencia por precaución de hijos, además popular como excedencia por maternidad, es el derecho que tienen los padres de un menor a suspender su contrato de trabajo para ocuparse al precaución de su hijo a lo largo de los primeros tres años de vida del menor.
Este tiempo va a poder disfrutarse tanto por la madre como por el padre, ya que es un derecho de todos los trabajadores, siempre que el hijo sea menor de tres años.
La excedencia por precaución de hijo, además puede solicitarse en las situaciones de adopción o acogimiento del menor.
En el instante que el padre o la madre pasan a circunstancia de excedencia, el empresario debe liquidar al trabajador las proporciones devengadas hasta el día de hoy en la más reciente nómina, puesto que pudiera ocurrir que al final no se reincorporara luego de la excedencia.
Por consiguiente, el trabajador recibe del empresario su salario del mes, adjuntado con la parte proporcional de las pagas plus y las vacaciones no disfrutadas y todas aquellas proporciones que tengan la posibilidad de haberse devengado antes de pasar a circunstancia de excedencia.
A lo largo de el tiempo de excedencia por precaución de hijos, la relación laboral está suspendida, por lo que el trabajador no percibirá su salario, ni tampoco acudirá a trabajar, aunque sí tiene derecho a hacer los tutoriales de formación que se lleven a cabo en la compañía.
Por consiguiente el trabajador en circunstancia de excedencia por precaución de hijos:
- Suspende su relación laboral con la compañía pero no se rompe de manera determinante.
- No siente los salarios a lo largo de ese tiempo.
- No acude a su puesto de trabajo.
- Tiene derecho a hacer los tutoriales de formación que la compañía tenga previstos.
¿En qué circunstancia se queda el trabajador a lo largo de la excedencia por maternidad?
A lo largo de el tiempo de excedencia por precaución de hijos, el trabajador está en circunstancia de asimilada al alta a lo largo de los dos primeros años y por consiguiente podría sentir ciertas prestaciones de la Seguridad Popular, como son las siguientes:
- Incapacidad permanente.
- Jubilación.
- Prestaciones de muerte y supervivencia como la pensión de viudedad.
- La prestación por maternidad y paternidad.
Por consiguiente, únicamente se considera al trabajador en circunstancia asimilada a lo largo de los dos primeros años de excedencia a efectos de cobrar estas prestaciones, y aunque el empresario no cotiza por él, es como si lo estuviera realizando.
En la situación de familias varias se extensa a 30 meses y si es familia numerosa de categoría particular se aumentaría seis meses más, o séa, hasta los 36 meses.
2. ¿Cuándo puede pedirse?
La excedencia por precaución de hijo puede solicitarse a lo largo de los tres primeros años de vida del menor y cualquier ocasión, pero no va a poder hacerse una vez el hijo haya cumplido los tres años.
No se pide tener una cierta antigüedad en la compañía, como sucede con la excedencia voluntaria, sino que el exclusivo requisito es tener un hijo menor de tres años.
3. ¿Cómo se goza la excedencia por precaución de hijo?
No hay un duración concreta, sino que la madre o el padre van a poder solicitar una excedencia por precaución de hijo por el tiempo que ellos consideren, siempre dentro de los tres primeros años de vida del menor.
De esta forma entre otras cosas, van a poder solicitarla por unos días, tres meses o en todo momento que reste hasta que el hijo cumpla tres años.
Además, el tiempo puede fraccionarse, logrando gozar una sección primero, reincorporándose a la compañía y más adelante pedir el resto.
En la situación de que tengan otro hijo, se regresa a crear este derecho hasta que el nacido hace poco, adoptado o acogido alcance los tres años.
¿Puede negarse el empresario a concederme una excedencia por maternidad?
No puede negarse en ningún caso, ya que es un derecho de todos los trabajadores, regulado en el artículo 46.3 del Estatuto de los Trabajadores.
Puede suceder que el padre y la madre trabajen en la misma compañía, y en ese caso, si los dos desean gozar de una excedencia por precaución de hijo, el empresario podría limitar que tengan la posibilidad de solicitarla simultáneamente si con ello se perjudicara el preciso desempeño de la compañía.
¿Podré trabajar a lo largo de ese tiempo?
Es viable trabajar a lo largo de ese tiempo, aunque habría que investigar la situación preciso.
La excedencia por precaución de hijos se solicita para que el padre o la madre logren ocuparse a su hijo a lo largo de los primeros tres años, pero sí que es verdad, que en determinados trabajos, es viable conciliar la vida familiar y laboral, por la compatibilidad de horarios entre otras cosas.
Todavía de esta forma, el trabajador, suponiendo que quisiera trabajar a lo largo de este tiempo, siempre tendrá que tomar en cuenta que si en su contrato de trabajo o en el convenio colectivo al que forma parte, hay cláusulas que le previenen trabajar en ciertas compañías a lo largo de ese tiempo, por fundamentos de rivalidad desleal entre otras cosas, no va a poder llevar a cabo trabajos con esas propiedades.
¿Pueden despedirme del trabajo?
El empresario sí puede despedir a un trabajador en circunstancia de excedencia por precaución de hijos y también incluirle en un Expediente de Regulación de Empleo ERE, aunque las causas del despido tienen que estar contempladas en la ley, como tendrían la posibilidad de ser fundamentos organizativos o de producción de la compañía.
En ningún caso el empresario va a poder despedir al trabajador por hallarse en circunstancia de excedencia.
¿Puedo cobrar el paro a lo largo de una excedencia por precaución de hijos?
El trabajador que está en circunstancia de excedencia por precaución de hijos, no está en circunstancia legal de desempleo, y por consiguiente no puede sentir la prestación por desempleo.
Otra cosa sería, que a lo largo de la excedencia, se trabaje en otra compañía y termine su contrato. En esta situación, podría cobrar el paro sí agrupa los requisitos para eso.
4. Modelo de aprobación de excedencia por precaución de hijos
Aunque la normativa laboral no exige ningún modelos oficial para transmitir la elección a la compañía ni la manera en que debe llevarse a cabo, es favorable que se notifique por escrito por fundamentos de seguridad jurídica, o séa, que si por algún fundamento tuviéramos que defendernos en los tribunales, como entre otras cosas, en caso de un despido a lo largo de ese tiempo, pudiéramos mostrar en la circunstancia donde nos encontrábamos.
Es favorable que se solicite por escrito y con por lo menos 15 días de antelación
Además es aconsejable que se notifique al empresario con por lo menos 15 días de antelación para que logre reorganizarse, y que conste en el escrito la fecha de inicio y la fecha de finalización de la excedencia.
Si necesitas un modelo de aprobación de excedencia por precaución de hijos, te exponemos un caso de muestra que tendrás la posibilidad de cambiar según tu circunstancia personal:
En (indica la ciudad/localidad), a …… de …….. de 201…
A la atención del Departamento de Elementos Humanos
A la empresa:
Dirección:
Don/Doña ……………………………….., más grande de edad, con DNI nº ………………………, domicilio en ……………………………………., y número de teléfono…………………….. trabajador/a de la compañía cuyos datos aparecen en el encabezamiento y con la categoría profesional de ………………….. por medio de el presente escrito
EXPONGO
Que a través de este escrito he valorado la conveniencia y ocasión de pedir una excedencia por precaución del menor (nombre del hijo), nacido el día .. de…de…, al amparo del artículo 46.3 del Estatuto de los Trabajadores, concurriendo los requisitos que resultan exigibles en la normativa aplicable y que me legitiman para solicitarla.
Por todo ello
SOLICITO
Que tengan por anunciado este escrito y, en virtud de éste, solicito mi paso a circunstancia de excedencia por precaución del menor ………….. con una duración de ……. años/meses desde el día ….de…..de……. hasta el día ….. de …. de……, en el que ejercitaré, con previo anuncio, mi derecho a reincorporarme otra vez en la compañía en la categoría profesional de ……………. o semejante dentro de mi grupo profesional.
Esperando de sus novedades, reciban un cordial saludo
Firma del trabajador Recibí: Firma y sello de la compañía
Si lo quieres, además puedes descargarte este modelo en el siguiente link:
Solicitud excedencia por cuidado de hijos
(Pincha aquí para descargarlo)
5. ¿Podré volver a mi puesto de trabajo una vez termine la excedencia?
El trabajador que está en circunstancia de excedencia por precaución de hijos, tiene guardado su puesto de trabajo a lo largo de el año uno, o séa va a poder volver a su mismo puesto.
Si forma parte a una familia numerosa o familia numerosa de categoría particular, la reserva del puesto se extensa hasta los 15 y 18 meses respectivamente.
Una vez ha transcurrido el año uno, ya no posee guardado su mismo puesto de trabajo, pero va a poder reincorporarse en uno de su misma categoría profesional o semejante.
Por consiguiente, esta excedencia afirma al trabajador la reincorporación a la compañía, así sea en su mismo puesto de trabajo o semejante, en contraste con la excedencia facultativa, donde únicamente se tiene un derecho preferente suponiendo que existan vacantes.