Según los datos del Servicio Estatal de Empleo (SEPE), la tasa de paro descendió en diciembre por décimo mes consecutivo. Después de que el número de parados registrados descendiera en 72.782. Por lo que, el último mes del año cierra en el nivel más bajo desde 2007.
Realmente, desde que comenzó el descenso en marzo, la cifra se ha reducido hasta ahora en 902.884 parados y supera el nivel de empleos previos a la pandemia. Sin embargo, en España aún existen 3.105.905 en paro según SEPE. Es decir, que todavía hay muchas personas que necesitan algún tipo de ayuda o beneficio del SEPE.
Ingreso mínimo de Subsistencia
El ingreso mínimo es la medida de mayor impacto social introducida social introducida por el gobierno en 2020 en respuesta a la crisis. El año pasado se introdujeron varios cambios para paliar el cuello de botella provocado por alta demanda en el verano de 2020. Hasta que recientemente se aprobó la ley del IMV, que actualizó los requisitos y complementos para el niño.
- Contar con un derecho legalmente válido de residencia en España y has residido allí de forma perenne durante al menos un año anterior a la fecha de solicitud. Este plazo no es requerido para los menores que ingresan en la unidad ordinaria después del nacimiento o adopción, mujeres víctimas de violencia de género, víctimas de trata de personas y explotación sexual.
- Los beneficiarios menores de 30 años en la fecha de la solicitud de alimentos. Deberán acreditar haber vivido de forma independiente en España, durante al menos dos años anteriores a la fecha indicada. Este requisito no se exige a las personas de entre 18 y 22 años que procedan de un centro de protección de la juventud de otra comunidad autónoma.
- Si el beneficiario es parte de una entidad coexistente. La entidad debe haber estado establecida durante al menos seis meses consecutivos antes de la presentación de la solicitud de conformidad con los párrafos 6,7 y 8.
- En una posición financieramente vulnerable: Para determinar la situación de vulnerabilidad financiera, se calcula la capacidad financiera del beneficiario. O si se trata de una unidad de convivencia en su conjunto, los recursos de todos sus integrantes.
Servicios de Contribución
Los beneficios contributivos están disponibles para aquellos que pueden y desean trabajar, pero están desempleados permanentemente. O tienen sus horas de trabajo normales reducidas en al menos un 10% a un 70%.
Para acceder a este beneficio se debe estar dado de alta en un sistema de seguridad social. Que permita el posible desempleo y estar en búsqueda activa de trabajo. Además, debe haber trabajado al menos 360 días en los 6 años anteriores al desempleo que causó el desempleo.
Finamente, alcanzar la edad de jubilación o actuar por cuenta propia o ajena no tendrá derecho a prestaciones. La cantidad recibida es la siguiente:
- Prestación mínima: Sin hijos: 540,41 EUROS
- Prestación mínima: uno o más hijos: 722,80 EUR
- Prestación máxima: sin hijos: 1182,16 euros
- Prestación máxima: 1 hijo: 1351,04 EUR
- Prestación máxima: 2 o más hijos: 1519,92 euros
Subsidio por desempleo
Los viáticos están disponibles para aquellos que han trabajado por menos de un año. Eso sí, hay que tener en cuenta que su duración depende del número de meses de cotización y de si existen, obligaciones familiares.
Para recibir esta ayuda, debe estar registrado como demandante de empleo y firmar un compromiso activo (es decir, debe buscar trabajo activamente). Además, debe cotizar por lo menos 3 meses si tiene obligaciones familiares, o 6 meses de no tener obligaciones familiares. Sin cotizar 360 días (como se mencionó anteriormente).
El monto de la prestación mensual es igual al 80% del índice público de ingresos múltiples (IPREM), es decir: 463,21 euros. Las prestaciones especiales por desempleo están destinadas a las personas que se encuentran en alguna de las siguientes situaciones:
Renta de Colocación Activa (RAI)
Por último, si estas en el paro y no tienes derecho a la prestación contributiva por desempleo o prestación por desempleo. Puedes solicitar la Renta Activa de Inclusión, o RAI. Sin embargo, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- El desempleado se da de alta como demandante de empleo y firma un compromiso de actividad.
- Ser menor de 65 años.
- Los ingresos propios mensuales no superan el 75% del ingreso mínimo interprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de los dos pagos especiales.
- Si tiene un cónyuge y/o un hijo discapacitado menor de 26 años o un menor en acogida. Solo si la suma de todos los ingresos es la cantidad de miembros de la familia que ha creado. Cantidad de miembros de la familia incluido usted mismo. Integrantes de la familia que no superen el 75% del SMI, excluida la parte proporcional de dos pagos especiales.
- No haber sido subsidiario del RAI durante los 365 días naturales a la presentación de la solicitud del régimen.
Más información acerca de prestaciones por desempleo
Ten en cuenta que tienes que solicitar cita previa para gestionar prestaciones por desempleo en las áreas de trabajo del SEPE:
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