La Tesorería General de la Seguridad Social, con las siglas TGSS, es el órgano solicitado de administrar los elementos baratos de la Seguridad Social y por consiguiente, del pago de las prestaciones. En oportunidades, el especial duda de si su administración debe hacerla frente este organismo o bien debe dirigirse al INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social). Te resolvemos esta cuestión.
1. TGSS ¿de qué se encarga?
La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) que es dependiente del Ministerio de Empleo, es un servicio en el que se unifica toda la gestión financiera del sistema de la Seguridad Social y por consiguiente, gestiona todos los elementos baratos.
La TGSS es la encargada de administrar la caja exclusiva de la Seguridad Social a la que van a parar todas las cotizaciones y desde donde se abonan todas las prestaciones como entre otras cosas las de incapacidad permanente, la pensión de viudedad, la incapacidad temporal o la prestación por riesgo durante el embarazo.
Aparte del pago, es el órgano que gestiona todo lo relacionado con:
- Las cotizaciones y recaudación de cuotas.
- Altas y afiliaciones a la Seguridad Social de trabajadores.
- Inscripción de compañías.
- Realización del presupuesto capital de la Seguridad Social.
- Venta de bienes embargados y propios en subasta pública.
- Financiación de la Seguridad Social introduciendo la compraventa de bienes y derechos.
2. ¿Qué trámites se llevan a cabo en la Tesorería General de la Seguridad Social?
Los trámites más relevantes que tienen que gestionarse en la TGSS son los siguientes:
- Alta y afiliación del trabajador a la Seguridad Social.
- Bajas de los trabajadores.
- Dar de alta una compañía o empresa.
- Aplazamientos de pago de la Seguridad Social y fraccionamiento de cuotas.
- Emisión de certificados y repetidos relacionados con:
- Afiliaciones (altas, bajas).
- Vida laboral.
- Estar al corriente de los pagos y cuotas.
Por consiguiente, frente la Tesorería General de la Seguridad Social, tendrán tramitarse todas aquellas cuestiones similares con altas, afiliaciones, bajas de los trabajadores, pago de cuotas y con el postergamiento y fraccionamiento de pagos.
En cambio, frente el Centro General de la Seguridad Social (INSS), se gestionan y solicitan todas las prestaciones de la Seguridad Social, exceptuando la prestación por desempleo y los subsidios, que se tramitará en el Servicio Público de Empleo Estatal SEPE.
3. ¿Cómo solicitar cita previa en la Tesorería de la Seguridad Social?
Por norma establecida, la Seguridad Social tiene predeterminado solamente un sistema de cita previa para administrar y gestionar prestaciones en los Centros de Atención del Centro Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Por otro lado, para los trámites relacionados con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) no se establece este sistema, por lo cual es favorable contactar con la oficina concretamente a la que se quiere asistir, para corroborar de que no es requisito solicitar hora antes para ser atendido.
4. Horarios de atención y teléfonos Tesorería de la Seguridad Social
Ahora, te facilitamos los horarios, teléfonos y direcciones de la TGSS en España.
Teléfono TGSS
Con el propósito de evadir que la persona tenga que moverse a una oficina para solucionar sus inquietudes, la TGSS pone a disposición de los ciudadanos, un servicio de atención telefónica utilizable todo el largo día.
El servicio de atención telefónica de la Tesorería General de la Seguridad Social es el 901 50 20 50 por medio de cual se puede conseguir información descriptiva relacionada con:
- Afiliaciones.
- Inscripciones.
- Recaudación.
- Aplazamiento de pago.
- Cotizaciones.
- Expedición de certificados e reportes.
- Actualización y alteración de datos de los trabajadores.
- Sobre el envío de la documentación que se requiere para gestionar las altas y las bajas a autónomos y empleados del lugar de vida.
- Sistema RED.
Aunque es un servicio utilizable a lo largo del día, la atención va a ser personalizada si se denomina en horario de día laboral de mañana y tarde.
Oficinas de la Seguridad Social
Para comprender las áreas de trabajo y direcciones de la Tesorería General de la Seguridad Social a las que tienes que asistir para la administración de recaudaciones, pagos, afiliaciones y cotización , pincha en los próximos enlaces:
- Administraciones de la Seguridad Social (TGSS)
- Direcciones Provinciales TGSS
- Servicios Centrales TGSS
- Servicios de Administración y Atención telefónica TGSS
- Unidades de Recaudación Ejecutiva TGSS
TGSS Horario
El horario recurrente de atención en las áreas de trabajo de la Seguridad Social es de 9 a 14 horas de lunes a viernes.
5. Subastas públicas de la Tesorería General de la Seguridad Social
La TGSS es el órgano solicitado de recaudar y administrar todos los elementos baratos de la Seguridad Social.
Por ese fundamento, tiene la facultad de embargar bienes a los deudores y más adelante venderlos en subasta pública cuando ha resultado irrealizable cobrarse la deuda por otros medios.
¿Cómo trabajan las subastas de la TGSS?
La TGSS comunica la subasta que va a festejar para que algún persona logre asistir y pujar en ella.
Los requisitos para formar parte en las subastas de la TGSS son los siguientes:
- Identificarse de manera precisa por medio de DNI (pasaporte, encabezado de viaje o archivo semejante en caso de extranjeros) instantáneamente público de la subasta o introduciendo en el sobre cerrado una copia.
- Debe consignarse el 25% del precio de salida del bien que nos importa por medio de cheque a nombre de la TGSS en el que conste la hora y el minuto en el que se ha efectuado el depósito.
Para conseguir toda la información elemental en relación a un bien preciso, la gente con intereses se dirigirán a la Dirección Provincial de la TGSS de la ciudad donde viven o a la Unidad de Recaudación Ejecutiva que conste en el trámite de apremio de ese bien.
Para comprender las próximas subastas de bienes embargados por comunidades autónomas pincha aquí.
Más Información
- Tesorería General de la Seguridad Social – Conócenos
- Subastas y concursos de bienes – Ministerio de Empleo y Seguridad Social
- La normativa que actúa en las subastas de la TGSS está contemplada en el Real Decreto 1415/2004 Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social.